Entrevista a Raquel Jorge Ricart, Fulbright Fellow – Elliott School of International Affairs (George Washington University)
- ¿Cómo puede la transformación digital impactar la Agenda 2030? ¿Algún ODS específico sería más beneficiado (o perjudicado) que otro?
La transformación digital permea en la Agenda 2030 de dos formas: bien posibilita nuevas formas inauditas de generar sostenibilidad, bien ayuda a las herramientas ya existentes a tener mayor impacto social de una forma más precisa. Sea catalizadora de algo nuevo o facilitadora de algo ya existente, lo cierto es que ningún ODS es eminentemente tecnológico en sí. Esto nos debería hacer plantearnos la pregunta sobre si queremos concebir la tecnología como una herramienta de soporte, o si la tecnología debería convertirse en un ODS en sí mismo. La respuesta: ambas. El acceso a Internet ya se ha reconocido como derecho humano, la alfabetización digital no puede ser vista como un mero componente más para la competitividad económica de las sociedades (sino que requiere políticas públicas específicas), y la digitalización se reconoce como bien común global.
En este sentido, si la tecnología es vista como un pilar propio, como un marco único y singular, entonces cada ODS podrá verse, no solo beneficiado y potenciado en sí mismo, sino que además los 17 ODS actuales podrán coordinarse todavía mejor entre sí gracias a la transformación digital.
No es casualidad que, en 2020, el Secretario General de Naciones Unidas creara el primer Panel de Alto Nivel para la Cooperación Digital, en donde se postula que nadie se quede atrás, que los derechos humanos, la acción humana y la seguridad vayan en conjunción con un uso adecuado de las tecnologías digitales, y que se mejoren los mecanismos de cooperación digital mundial.
- ¿Podría poner algunos ejemplos de dilemas éticos relacionados con el uso de las tecnologías en la acción humanitaria?
Entre otros dilemas, hay un gran reto “paraguas” que destaca por sus implicaciones para, indistintamente, todo tipo de tecnología que pueda utilizarse en la acción humanitaria. En primer lugar, el primer dilema es cómo las tecnologías humanitarias pueden adecuarse al marco de respeto de los Principios Humanitarios del Comité Internacional de la Cruz Roja, tanto en escenarios de paz como de guerra.
Los Principios Humanitarios son cuatro: Humanidad, Imparcialidad, Neutralidad e Independencia. Existen varios riesgos a prevenir: que, a través de modelos de optimización de datos, haya emergencias que terminen infrafinanciadas por esta confianza excesiva en el procesamiento de datos; que las bases de datos de personas refugiadas sufran ciberataques (como la manipulación o el robo de datos); que se reduzca la interacción humana en la asistencia humanitaria, clave en este sector; o que se provean de tecnologías humanitarias durante la asistencia, pero, una vez la organización abandona el terreno, las personas autóctonas no dispongan de la suficiente formación para mantener esta tecnología.
- ¿Qué deberían incorporar los códigos de conducta de las organizaciones humanitarias en una sociedad digital?
Los códigos de conducta deben acompañarse de hojas de ruta que garanticen que dichos principios se materializan en acciones. Para ello, en tanto que las tecnologías humanitarias suelen resultar de colaboraciones entre las organizaciones humanitarias y el sector privado (como la Fundación IKEA y ACNUR para el desarrollo de nuevas opciones de refugio), las organizaciones humanitarias deberían establecer mecanismos de rendición de cuentas y transparencia con los departamentos de Responsabilidad Social Corporativa de dichas empresas, con el fin de garantizar la protección de las personas afectadas sobre el terreno ante riesgos, fallos o consecuencias desproporcionadas.
Por otra parte, las organizaciones humanitarias deben fomentar la alfabetización digital, pese a que el tema sobre el que trabajan no implique el uso de una tecnología en sí. Esto es necesario porque no todas las entidades (en ningún sector, no solo el humanitario) han interiorizado los impactos –explícitos e implícitos- que la transformación digital puede tener en sus servicios. Todo ello requiere construir un marco de formación y reciclaje profesional anual o bianual por el que el equipo de la organización reciba cursos sobre los impactos de las tecnologías digitales –más generales, más particulares- en su quehacer diario.
- ¿Qué debería regularse desde los poderes públicos en el ámbito de la tecnología humanitaria?
Entre otras cuestiones, existen varias acciones de primer orden que deberían desarrollarse desde los poderes públicos. En primer lugar, las Cartas de Derechos Digitales en desarrollo deberían ir acompañadas de cláusulas específicas para la acción humanitaria en materia de consentimiento informado a las persona beneficiarias, hacer fáciles y sencillos los textos de consentimiento para las personas (que no siempre tienen alfabetización digital), y el cumplimiento del uso de dichas tecnologías humanitarias con un interés público, legítimo y proporcional entre los medios y objetivos.
Asimismo, desde los poderes públicos debería estrecharse la colaboración con el sector privado. No porque este último deba adquirir protagonismo necesariamente, sino porque, en tanto que empresas desarrolladoras e implementadoras de las tecnologías, el uso y despliegue que se realiza de dichas tecnologías debe hacerse bajo el paraguas de una supervisión pública que asegure que dicho despliegue se realiza de una forma segura y adecuada a los objetivos de política exterior y de respeto a los Derechos Humanos, la paz y la seguridad internacionales.